Tarifas Diferenciales

Conozca las tarifas vigentes del peaje La Lizama.

La Concesión Ruta del Cacao opera y administra el peaje La Lizama del corredor vial BBY, Bucaramanga – Barrancabermeja – Yondó, ubicado en el sector Zarzal del municipio de Barrancabermeja. El peaje cuenta con ocho carriles para agilizar el recaudo y permite el paso de todo tipo de vehículo y de carga extra – pesada.

¿Cómo aplico a la tarifa diferencial?

Para formalizar su tarifa diferencial, debe revisar los requisitos que se encuentran descritos en el Reglamento de Tarifa Especial Diferencial Peaje La Lizama, (a través, del enlace que se encuentra a continuación), acorde al tipo de vehículo:

  • Vehículos de servicio particular y vehículos oficiales.
  • Vehículos de servicio público (transporte intermunicipal y transporte especial).
  • Empresas de transporte y recolección de basuras en el Distrito de Barrancabermeja.
  • Volquetas que trabajan en el Distrito de Barrancabermeja.

La documentación requerida puede ser entregada en medio físico en: 

  • Oficina atención al usuario de tarifa especial: Área de servicio PR 28 + 200 vía Bucaramanga – Barrancabermeja, en el siguiente horario:
    • Lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:00 p.m.
    • Sábado de 7:00 a.m. a 11:00 a.m.

De igual forma, se puede remitir la documentación vía electrónica a los siguientes correos:

Cualquier duda e inquietud puede comunicarse a través de la línea móvil de atención al usuario tarifa especial:  317 538 4516

De igual forma, puede acercarse a las oficinas de atención al usuario del Proyecto:

  • Oficina principal
    Carrera 17 N° 11 – 41, Granjas de Campo Alegre
    Lebrija, Santander. Celular: 316 877 6880
  • Oficina satélite Centro poblado Portugal. Lebrija, Santander. Celular: 316 492 9850

Grupos Tarifa Diferencial

Las tarifas diferenciales para la estación de peaje la Lizama están dirigidas a los siguientes grupos de usuarios: 

Grupo 1. Vehículos servicio particular – categoría IE1:

Se otorgará exclusivamente a los propietarios de los vehículos particulares de los residentes de los corregimientos de La Fortuna y Meseta de San Rafael del Municipio de Barrancabermeja, y de las veredas Lizama 2 y Vizcaína del municipio de San Vicente de Chucurí, con una frecuencia mínima de cinco (5) pasos al mes, cumpliendo cuatro (4) de seis (6) meses.

Así mismo, se otorga a los vehículos oficiales pertenecientes a entidades del Estado que desarrollen funciones en el área de influencia del peaje, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la reglamentación vigente.

 

 

 

Grupo 4. Volquetas que trabajen en el Distrito de Barrancabermeja.

Se otorga exclusivamente a Los propietarios de volquetas particulares que trabajan en el Distrito de Barrancabermeja, con una frecuencia mínima de catorce (14) pasos al mes, cumpliendo al menos cuatro (4) de seis (6) meses consecutivos.

Las empresas de transporte y recolección de basuras que operen en el Distrito de Barrancabermeja, con una frecuencia mínima de diez (10) pasos al mes, cumpliendo en al menos cuatro (4) de seis (6) meses consecutivos

Grupo 2. Vehículos servicio particular – categoría IE2:

Se otorga exclusivamente a los propietarios de los vehículos particulares de los residentes del casco urbano de Barrancabermeja. Con una frecuencia mínima de (8) ocho pasos al mes, cumpliendo cuatro (4) de seis (6) meses.

Igualmente, se incluye a las empresas de transporte automotor especial, siempre que presten el servicio desde y hacia el municipio de Barrancabermeja y cumplan con la frecuencia mínima de DIEZ (10) pasos al mes en al menos cuatro (4) de seis (6) meses consecutivos.

Así mismo, se otorga a las empresas de servicio público de transporte de pasajeros que prestan el servicio desde y hasta el municipio de Barrancabermeja. (pasos por empresa).

Lo anterior, teniendo en cuenta que, existen vehículos de servicio público y especial pertenecientes a la categoría 1.

Grupo 3. Vehículos servicio público (transporte intermunicipal y transporte especial) – categoría IIE:

Se otorga exclusivamente a las empresas de servicio público de transporte de pasajeros que prestan el servicio desde y hasta el municipio de Barrancabermeja Y a los propietarios de vehículos de transporte automotor especial que prestan el servicio desde y hacia el municipio de Barrancabermeja. Con una frecuencia mínima de (10) pasos al mes, cumpliendo en al menos cuatro (4) de seis (6) meses consecutivos.